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viernes, 13 de mayo de 2016

PROPONE DIPUTADO DAVID RUVALCABA REFORMAR CÓDIGO PENAL

Incorpora los delitos de tráfico de órganos, tejidos y células humanas 



QPBC Mexicali, B.C. jueves 12 de mayo de 2016.- Ante  la fatal realidad social relativa al  tráfico ilegal de órganos, tejidos y células humanas, el diputado David Ruvalcaba Flores, presentó ante el pleno una adición al Código Penal local.


Dijo el Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI que: "todos sabemos que existe, pero pareciera que nadie lo ve, o mejor dicho, pareciera que nadie quisiera verlo, aunque dicho tráfico cuenta con muchísimas y muy graves implicaciones de diversa índole.

"Lo ideal, es que a través de la práctica legal, ética, segura y sanitaria de la donación de órganos, tejidos y células humanas, se pudiera satisfacer la gran demanda de trasplantes que existe no sólo en nuestro país, sino en el mundo entero; sin embargo, ese tipo de donación apenas cubre un bajo porcentaje de la demanda real", agregó.


¿Qué pasa entonces ante la  gran demanda y poca oferta o disposición de esos elementos vitales de manera licita?, cuestionó Ruvalcaba Flores al darle lectura a su exposición de motivos. Luego expuso que esto desafortunadamente ha provocado su obtención de manera ilegal.
Ruvalcaba Flores señaló que el tráfico de órganos es una realidad en Latinoamérica. Países como Argentina, Brasil, Honduras, México y Perú, hacen este tipo de comercio con compradores alemanes, suizos e italianos, según un informe de la  ONU.
 
Posteriormente, indicó que en México se realizan más de 4 mil trasplantes legales al año y que  más de 8 mil personas están en lista de espera, falleciendo el 15% mueren al no recibir un órgano, según informes del Centro Nacional de Trasplantes.
 
Con esta premisa, no es de extrañar que desafortunadamente el precio de órganos en el mercado negro alcance precios desorbitados: 150 mil dólares por un hígado, 120 mil por un riñón, 60 mil por un corazón y 45 mil por la córnea, entre otros.
Por tales motivos, consideró la necesidad de que en Baja California se legisle especial y específicamente respecto a esas prácticas, independientemente de que exista un marco regulatorio del orden federal, agregando el artículo 160 ter al Código Penal de Baja California.
También se propone crear el capítulo X que se denominará "Delitos de tráfico de órganos, tejidos y células humanas", del Libro segundo, parte especial, sección Primera, Título primero de dicho código.
Puntualizó que no debe quedar ningún vacío jurídico que pudieran generar algún tipo o caso de  impunidad, siendo necesario el reprimir clara y contundentemente la comisión de ese lamentable ilícito penal que, por cuestión de certeza jurídica, debe de especificarse claramente su tipicidad.