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viernes, 31 de mayo de 2013

TRANSPORTISTAS DEMANDAN JUICIO POLÍTICO CONTRA EL SECRETARIO DE GOBIERNO

        Violentó la Constitución al otorgar concesiones a tres empresas camioneras para el servicio intermunicipal

Mexicali, B.C. viernes 31 de mayo de 2013.- Representantes de la Unión de Transportistas de Baja California presentaron ante esta Soberanía una demanda de juicio político en contra del Secretario General de Gobierno, Francisco García Burgos.

La denuncia, que fue depositada este día ante la Oficialía de Partes del Congreso del Estado, es firmada por los empresarios Juan José Rodríguez Villagrán, Jaime Zepeda Vázquez, Francisco Salcedo Ortega, Germán Martínez Cokran y Javier Sandoval Núñez.
Los transportistas de la zona costa acusan al funcionario estatal de haber violentado el artículo 115 constitucional y la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado, al otorgar con fecha 3 de mayo del presente año, sendas concesiones para la prestación de transporte público a tres empresas.
Se trata de la concesión para la implementación, equipamiento, operación y administración del Sistema Intermunicipal Metropolitano de Transporte Tijuana – Playas de Rosarito, y la prestación del servicio de transporte colectivo de Ciudad Natura hasta la zona industrial.
La otra concesión otorgada por el Ejecutivo Estatal  para un período de 20 años fue a favor de la empresa Transportes Urbanos y suburbanos Calafia de B.C., con el fin de que explote la ruta de carácter intermunicipal identificada como Pabellón Rosarito- Puerta México.
La tercera concesión se refiere a la ruta, también de carácter intermunicipal, identificada como Pabellón Rosarito-Ciudad Industrial.
Sin embargo, la administración estatal no tomó en cuenta que las rutas concesionadas a las mencionadas empresas ya cuentan con servicio de transporte público desde hace varios años, refirieron los demandantes.
Además, establecen en su demanda, se negó la intervención que corresponde a los Ayuntamientos afectados en estos recorridos, como establece la Constitución local, lo que a su vez representa una violación al artículo 9 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

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