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lunes, 23 de noviembre de 2015

“Inhibiremos la violencia contra mujeres en trabajos y escuelas": Mendívil



TIJUANA.- "A pesar de lo realizado en materia legal para proteger a las mujeres de todo tipo de violencia, observamos su prevalencia en ámbitos como el laboral, escolar u obstétrico. Por ello, presentamos una reforma que ayudará a la sociedad para eliminarla en esas áreas", expresó el presidente de la Junta de Coordinación Política, René Mendívil Acosta.

El coordinador parlamentario del PRI en la 21 legislatura comentó que esta iniciativa que se presentó para reformar las fracciones 7, 8 y 9 del artículo Sexto en la ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia tiene por objeto el robustecimiento de las normas para prevenir y sancionar la violencia contra las mujeres en el ámbito laboral o escolar.

Por medio de la misma, explicó, se reconocerá como un tipo de violencia la ejercida en el ámbito laboral, misma que puede darse a través de la abstención de contratación a mujeres por su condición de género, o determinar por ello su permanencia en algún puesto, descalificar su trabajo o desempeño laboral, someterlas a explotación laboral, recibir amenazas, intimidación, cualquier tipo de humillación o discriminación por parte del personal donde labora.

También, dijo Mendívil Acosta, tipifica la violencia en el ámbito escolar, que puede consistir en la realización de conductas discriminatorias por sexo, edad, condición social, académica y características físicas, o contra mujeres que presenten alguna discapacidad, y mediante acciones que dañen la autoestima e integridad emocional de alumnas de cualquier edad, que pertenezcan a una institución académica, pública o privada, por parte de sus maestros o el personal laboral de la institución.

De igual forma, añadió, se incluye la violencia obstétrica, entendida como cualquier tipo de trato deshumanizado, abuso, acción u omisión intencional, negligente o dolosa que realice el personal de salud de forma directa o indirecta, que dañe, denigre o discrimine a una mujer durante el embarazo, parto o puerperio; que tenga como consecuencia la pérdida de autonomía y capacidad de decidir libremente sobre su cuerpo y sexualidad.

Entre dichas prácticas, detalló, se cuentan la esterilización forzada, la omisión de una atención oportuna y eficaz de urgencias obstétricas, no proporcionar el apego precoz del bebé con la madre, sin causa médica justificada, alterar el proceso natural del parto de bajo riesgo, mediante un abuso de medicación, o uso de técnicas de aceleración, sin que sean necesarias.

Son igualmente acciones de ese tipo el practicar el parto vía cesárea sin autorización de la madre, cuando existen condiciones para un parto vía vaginal, o cualquier otra forma análoga que afecte la dignidad, integridad o libertad de las mujeres.

Mendívil Acosta indicó que dicha iniciativa ayudará a proteger a un mayor número de mujeres de la violencia que, de forma soterrada, viven muchas de ellas en los referidos ámbitos.



    

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