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viernes, 28 de junio de 2013

SE IGNORA LA CANTIDAD DE NIÑOS SIN ACTA DE NACIMIENTO EN B.C: DIP. CABAÑAS

 El Congreso exhortó al Ejecutivo a implementar un programa de regularización

Mexicali, B.C. viernes  28 de junio de 2013.- A propuesta de la Diputada Elia Cabañas Aparicio, el Congreso local exhortó al titular del Ejecutivo Estatal, a fin de que realice las acciones necesarias para implementar un programa de regularización de documentos de identidad en el Estado. 

Así mismo se le solicitó un estudio para saber la cantidad de niños que no cuentan con acta de nacimiento en la entidad, debido a que el 58 por ciento de los alumbramientos, por alguna razón no fueron oficialmente inscritos en las oficialías del Estado durante el 2012, lo que representa 33 mil 329 niños sin registro. 
Esta cifra se derivó de sendos oficios enviados por una parte, al Secretario de Salud del Estado, en el que se le pidió la información de la cantidad de niños que han nacido vivos durante el año 2012, tanto en hospitales públicos como privados. 
La respuesta fue que hubo 58 mil 069 nacimientos; por otra parte, pidió a la Directora del Registro Civil del Estado, la cantidad de niños registrados en todas las oficialías del Estado durante el mismo periodo, contestándole que fue de 24 mil 740 infantes. 
En la exposición de motivos, la legisladora tijuanense mencionó que el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), ha establecido que “desde el momento en el que nacen, los niños y las niñas necesitan forjarse una identidad”. 
Dijo que para ello, el primer paso es inscribir el nacimiento en las oficialías del registro civil, lo anterior para que los menores tengan un nombre y una nacionalidad, ya que lo anterior es la base para que las personas accedan a todos los demás derechos, como es la salud y la educación entre otros. 
Además, abundó, el registro es un elemento esencial en la planificación nacional a favor de la infancia, porque ofrece datos demográficos sobre los cuales diseñar estrategias.
Indicó también la Congresista que el artículo siete de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), dice: “el niño debe ser inscrito inmediatamente después de su nacimiento y tendrá derecho desde que nace a un nombre, a adquirir una nacionalidad”. 
Asimismo en el artículo ocho establece que “los Estados partes se comprometen a respetar el derecho del niño a preservar su identidad, incluidos la nacionalidad, el nombre y las relaciones familiares”. 
Para concluir, Cabañas Aparicio dijo que a meses de terminar su gestión, el Gobernador no ha cumplido con las políticas preventivas a las que aludió al inicio de su mandato, al menos en otorgar a los niños un documento de identidad para asegurar el derecho a la sa

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