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jueves, 20 de junio de 2013

IFE niega retiro de Spot donde aparece gobernador de Baja California

"No encontramos que exista un límite a la posibilidad de que un servidor público aparezca en un medio de comunicación, por lo tanto es parte del ejercicio libre de la contienda política, sobre todo cuando se trata de una personalidad pública que ha hecho expresiones públicas en un contexto público"



MEXICO . La Comisión de Quejas y Denuncias del IFE negó por unanimidad las medidas cautelares solicitadas por el gobernador de Baja California, Guadalupe Osuna Millán para suspender los spots de Fernando Castro Trenti, en los que utiliza su imagen hablando bien del ahora candidato del PRI, cuando fue nombrado presidente de la Comisión de Comunicaciones de la Cámara de Diputados.

Así lo dieron a conocer los consejeros electorales, Alfredo Figueroa, Marco Baños y Benito Nacif, quienes explicaron que las imágenes utilizadas por Castro Trenti fueron información pública de un funcionario que es el gobernador y que en casos similares el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determina que pueden aparecer servidores públicos en los anuncios de campaña.
Así que el spot de Castro Trenti tendrá que volver a ponerse al aire, después de que el mandatario estatal apoyado por el Instituto Electoral de Baja California ordenara su retiro, sin tener facultades para ello, de acuerdo al Instituto Federal Electoral.
Así lo determinó el Instituto Federal Electoral (IFE), por conducto de los consejeros integrantes de la Comisión de Quejas y Denuncias, los maestros Alfredo Figueroa en su calidad de presidente, Marco Antonio Baños y Benito Nacif.

Los consejeros, según diversas agencias nacionales, rechazaron de manera unánime la petición formulada por el Gobierno del Estado de Baja California, para retirar los spots en los que el mandatario elogia al candidato priísta, el diputado federal con licencia Fernando Jorge Castro Trenti.

Dicho spot, promovido por el tricolor, ha sido objeto de críticas y denuncias por parte del gobierno estatal bajo el argumento de que se utilizó la imagen institucional sin autorización; y su retiro fue por decisión del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) del Estado.

La solicitud fue rechazada, se informó, porque los mensajes allí expresados no son propaganda de tipo gubernamental, sino que tienen carácter político electoral, lo que "forma parte de las prerrogativas de los contendientes", según explicó el consejero electoral, maestro Alfredo Figuera, quien preside la Comisión citada.

Se valoró, dijo, que Osuna Millán fue videograbado durante un acto público e el cual hizo un reconocimiento a Castro Trenti, quien entonces era legislador federal en funciones, y por ello no hubo invasión a la privacidad ni se justifica pedir la protección de la identidad del mandatario.

"No encontramos que exista un límite a la posibilidad de que un servidor público aparezca en un medio de comunicación, por lo tanto es parte del ejercicio libre de la contienda política, sobre todo cuando se trata de una personalidad pública que ha hecho expresiones públicas en un contexto público", dijo Figueroa, versión que fue publicada por El Universal.

Previo a esta decisión, el 18 de junio la Comisión de Quejas y Denuncias había anunciado, por medio de un comunicado oficial, que es "la única autoridad legal para el dictado de medidas cautelares en radio y televisión en la elección de Baja California".

Lo anterior, fue a raiz de una solicitud que hizo la Coordinación General de Comunicación Social del Gobierno del Estado de Baja California, alegando la resolución de la Comisión del Régimen de Partidos Políticos del IEPC a la empresa Televisa Tijuana "para suspender la transmisión de un spot de la Alianza Compromiso por Baja California en el que se hace uso de la voz e imagen del Gobernador".

La Comisión de Quejas informó a los medios de comunicación electrónicos que dicha medida no es legal, y de cumplirse podría conllevar sanciones administrativas.

Aparte, en conferencia, los consejeros Figueroa, Baños y Nacif "informaron que ni el IEPC de ese estado, ni el gobierno estatal, cuentan con las facultades legales para ordenar a estación de radio o canal de televisión alguno la modificación, interrupción o alteración de los promocionales de los Partidos Políticos o autoridades electorales que el IFE les haya notificado".

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