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sábado, 9 de marzo de 2013

Habrá fuertes multas para cobradores acosadores y groseros


Estas nuevas medidas que tiene como fin regular los cobros extrajudiciales que realizan despachos a deudores de firmas financieras y comerciales, representan un gran paso hacia la protección de la dignidad y tranquilidad ciudadana.

.LA PROFECO INFORMA QUE LOS DESPACHOS DE COBRANZA TIENEN PROHIBIDO VISITAR O LLAMAR POR TELÉFONO A LAS CASAS DE LOS MOROSOS ENTRE LAS 23:00 HORAS Y LAS 7 DE LA MAÑANA.


Ciudad de México  • Las reformas la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) aprobadas por unanimidad en el Senado, contempla rigurosas sanciones que pueden alcanzar cárcel para los representantes de empresas que hagan cobros intimidatorios a sus clientes, explicó la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

Humberto Benítez Treviño, titular de la dependencia, señaló que estas nuevas medidas que tiene por objeto regular los cobros extrajudiciales que realizan despachos a deudores de firmas financieras y comerciales, son positivas y representan un gran paso hacia la protección de la dignidad y tranquilidad ciudadana.

Estas reformas prohíben a los despachos de cobranza visitar o llamar por teléfono a las casas de los morosos entre las 23:00 horas y las 7 de la mañana; utilizar lenguaje obsceno, acosar o amenazar y usar documentos que aparenten ser escritos judiciales al hacer cobros, así como enviar comunicación a terceras personas, utilizar cartelones y entablar comunicación con menores de edad y personas de la tercera edad.

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