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domingo, 11 de agosto de 2013

ENTRA EN VIGOR NUEVO REGLAMENTO PARA JUNTAS DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EN EL ESTADO

A partir del pasado 5 de agosto del presente año.Se norma su estructura, organización y funciones administrativas para un mejor desempeño.


MEXICALI, B.C. A DOMINGO 11 DE AGOSTO DE 2013.- A partir del pasado 5 de agosto del presente año entró en vigor el nuevo reglamento de las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje en el Estado, con el cual se norma su estructura, organización y funciones administrativas para un mejor desempeño.
“Este reglamento posiciona al Gobierno Estatal a la vanguardia normativa por ser el primero en adoptar el servicio civil de carrera en los tribunales laborales, al aprovechar las nuevas herramientas institucionales que garantizan una impartición de justicia de calidad, donde se privilegia la conciliación”, informó el Presidente de la Junta Local en Tijuana, Leonardo Martínez Delgado.

Indicó, que el nuevo reglamento se clasifica en 23 capítulos de los cuales sobresalen el XIII donde se establecen los Funcionarios Conciliadores, el XIV del Servicio Profesional de Carrera, Condiciones y Requisitos de Ingreso a la Junta Local, y el XV que habla de las Condiciones y Requisitos de Evaluación, Permanencia, Capacitación y Actualización Jurídica del Personal.
Dentro de las mejoras que proveen las nuevas normas se incluye la facultad para la creación y funcionamiento de diversas áreas como la Dirección de Conciliadores, la Dirección General de Amparo, Unidad Jurídica de Peritos entre otras, se precisan los requisitos para cada categoría jurídica y desarrollo de funciones para cada puesto.
Actualmente ya funciona la coordinación de actuaría con la cual al momento de presentar la demanda se acuerda la misma ante oficialía de partes y ahí se notificará al actor su fecha de audiencia, así como los datos de identificación de su expediente y número de junta especial correspondientes”, informó Martínez Delgado.
Asimismo, se faculta al Presidente de la Junta para habilitar, designar y rotar personal para un mejor funcionamiento, además de conocer, tramitar y resolver los procedimientos derivados de las quejas contra el personal jurídico y administrativo, e imponer y ejecutar las sanciones.

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