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jueves, 26 de junio de 2014

EL CONGRESO DECLARÓ PROCEDENTES DOS REFORMAS CONSTITUCIONALES

Playas de Rosarito fue declarado Recinto Parlamentario



Playas de Rosarito, B. C., jueves 26 de junio de 2014.- El Pleno del Congreso del Estado emitió la declaratoria oficial de dos reformas constitucionales, las cuales cumplieron con el proceso legislativo para ser incorporada a la Carta Magna de Baja California.
Lo anterior, forma parte de los asuntos abordados por los integrantes de la XXI Legislatura durante la sesión celebrada en el Palacio Municipal de Playas de Rosarito, el cual fue declarado Recinto Legislativo por el Pleno del Congreso local, en sesión ordinaria.
Los trabajos realizados en este municipio fueron dirigidos por el diputado Felipe de Jesús Mayoral Mayoral, en su calidad de presidente de la Mesa Directiva del Poder Legislativo, quien se refirió al decreto aprobado el pasado 19 de junio para que el Congreso acudiera a la sede del VI Ayuntamiento de Playas de Rosarito y llevara a cabo una sesión pública.
Además, el Pleno del Congreso declaró oficialmente como procedentes las reformas a los párrafos sexto y octavo, así como la adición de un párrafo décimo al artículo 11 de la Constitución Política del Estado, para quedar como sigue:
“Corresponde al Ejecutivo del Estado, así como a los gobiernos municipales, en los términos que dispongan las leyes, coordinarse con el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, a efecto de dar seguimiento a las recomendaciones en los rubros de medición de la pobreza y evaluación de los programas, objetivos, metas y acciones de la política de desarrollo social. El Ejecutivo del Estado y los gobiernos municipales crearán los órganos de coordinación que correspondan para la evaluación de las políticas de desarrollo social en el Estado”.

El propósito de esta reforma es establecer directrices generales de coordinación y seguimiento al análisis, ejecución y evaluación de políticas públicas en materia de desarrollo social, entre autoridades estatales y municipales con instituciones públicas competentes de orden federal.
Asimismo, se declaró procedente la reforma al artículo quinto del título tercero, así como la reforma a los artículos 38 y 39 de la Constitución local, los cuales se relacionan con la planeación y evaluación legislativa, con el propósito de establecer mecanismos legales de participación ciudadana que promuevan la evaluación del desempeño de esta función.

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