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jueves, 15 de mayo de 2014

SOLICITA CONGRESO AL GOBERNADOR QUE INFORME SOBRE LOS CRITERIOS PARA LA INSTALACIÓN DEL CONSEJO DE ATENCIÓN A LA JUVENTUD

  • Diputada Miriam Ayón presenta el Punto de Acuerdo ante el Pleno
  • La Comisión de Juventud y Deporte, no ha recibido ninguna convocatoria de sesión del Consejo 

Mexicali, B.C., jueves 15 de mayo de 2014.- La Diputada Miriam Josefina Ayón Castro, solicitó mediante un Punto de Acuerdo que la XXI Legislatura exhorte al Titular del Ejecutivo Estatal, a que tenga a bien informar sobre los criterios para la selección del Consejo Estatal de la Juventud y que se instale dicho consejo en caso de que no se haya realizado.

Según lo expuesto por  la Congresista, es fundamental que la juventud bajacaliforniana reciba la atención gubernamental e interinstitucional suficiente, para el fomento a su propio desarrollo, así como de la sociedad en la entidad.

Al utilizar la Tribuna del Congreso mencionó que se debe informar respecto a los nombres, la procedencia, el proceso y criterios de selección de los integrantes previstos en diversas fracciones del artículo 68, de la Ley de la Juventud del Estado.

De esta forma pidió de manera respetuosa en la Sesión de Pleno, que el Gobernador Francisco Arturo Vega de Lamadrid informe sobre la celebración de las sesiones anteriores de dicho Consejo; sobre las convocatorias y las actas respectivas, así como la fecha, hora, lugar y orden del día, respecto a la próxima sesión ordinaria  o extraordinaria del referido Consejo.

En el caso de que no se haya instalado aún el Consejo Estatal de la Juventud, Miriam Ayón propuso que el Congreso de Baja California exhorte al Ejecutivo del Estado a que lo instale a la brevedad.

Argumentó en su exposición de motivos, que la Ley de la Juventud del Estado de Baja California, estipula en su artículo 66, que el Consejo es un órgano colegiado de deliberación, consulta, asesoría y participación social, con carácter interinstitucional, coadyuvante en el diseño, planeación, programación, instrumentación, seguimiento y evaluación de la Política Estatal de Atención a la Juventud.

También expuso que el artículo 68, prevé que este se integrará por: un Presidente, que será el Director del Instituto; un Secretario Técnico, designado por el Director del Instituto; el Presidente de la Comisión de Juventud y Deporte del Poder Legislativo; un representante de la Secretaría General de Gobierno, así como de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Así mismo, por un representante de las siguientes Secretarías: Desarrollo Social; Salud; de Educación y Bienestar Social; Protección al Ambiente; del Instituto del Deporte y la Cultura Física y un representante por cada uno de los Municipios.

De la misma forma, por tres representantes de instituciones académicas de los niveles medio superior y superior de los sectores público y privado; cinco de organizaciones civiles del Estado; uno del sector económico y productivo que tenga participación activa y directa en el desarrollo de políticas y programas para jóvenes; tres de organismos de la sociedad civil organizada que realicen actividades de apoyo o fortalecimiento de jóvenes y por dos jóvenes que se hayan destacado en cualquiera de los ámbitos artístico, educativo, cultural, deportivo, social, profesional o ambiental.

El mismo numeral 68, en su último párrafo, estipula que el Consejo deberá sesionar cuando menos dos veces al año de manera ordinaria y extraordinaria las veces que sean necesarias. Para que sesione válidamente se requiere la presencia de la mitad más uno de los integrantes.

Pero a la fecha, la Comisión de Juventud y Deporte de esta XXI Legislatura del Estado, no ha recibido convocatoria alguna para la celebración de sesión del Consejo Estatal de Atención a la Juventud, concluyó.

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