“Siempre hemos actuado conforme a la Ley”: SAM
QPBC Playas de Rosarito BC, 4 de junio de 2015.-
Personal
del Instituto Nacional Electoral (INE) entregó este día la resolución a
la que llegó
el Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación (TRIFE),
relativa a la denuncia interpuesta por el Partido Revolucionario
Institucional (PRI) sobre la probable comisión de delitos electorales o
actos indebidos de proselitismo, por parte del Presidente
Municipal del VI Ayuntamiento de Playas de Rosarito, Silvano Abarca
Macklis, durante el Proceso Electoral 2014-2015.
De
acuerdo a la notificación oficial, con número de expediente
SRE-PSD-130/2015, el Tribunal Electoral
declaró improcedente la denuncia interpuesta por dicho instituto
político, dado que las evidencias presentadas fueron insuficientes para
fundamentar que la conducta del alcalde fue violatoria del artículo 143
constitucional, párrafo séptimo, por lo que se
desprendió una jurisprudencia con número 14/2012.
En el documento la Sala Superior especifica que debido al conjunto de normas y principios constitucionales que rigen en materia electoral, así como los derechos a las libertades de expresión y asociación de las personas que se desempeñan en un cargo público “es válido que los servidores públicos asistan a un acto proselitista, sin que ello vulnere por sí mismo lo dispuesto en el artículo 143 constitucional, siempre que esto ocurra en un día inhábil”.
Destacó
que en lo relativo a los actos de proselitismo político “la sola
asistencia de servidores públicos
en días inhábiles no está restringida en la Ley”, por lo que el alcalde
Silvano Abarca no será sujeto de responsabilidades por este motivo,
dado que la denuncia del PRI sólo comprueba su participación en un
evento de campaña realizado el día domingo cinco
de abril, considerado día inhábil.
Aunado
a que los medios de prueba ofrecidos por el partido no fueron útiles ni
idóneos para evidenciar
una conducta irregular, toda vez que se pretendió sustentar con
imágenes extraídas de la red social “Facebook”, la cual no ofrece
elementos de convicción que permitan establecer circunstancias de modo,
tiempo y lugar en torno a las conductas que se le imputaron
al alcalde.
“Siempre
hemos actuado conforme a la Ley y así nos mantendremos, pese a que a
nuestros detractores les
guste actuar sin fundamentos. Lo más importante para nosotros es que
como gobierno estamos enfocados en cumplir con nuestras obligaciones y
no nos distraeremos con señalamientos fútiles”, afirmó el Presidente
Municipal, Silvano Abarca.
Con
respecto a los funcionarios municipales que el TRIFE acredite como
responsables de infracciones al
artículo 134 constitucional, será Sindicatura Municipal quien definirá
conforme a la Ley las sanciones administrativas que correspondan, de
acuerdo a lo estipulado también en el cuerpo del documento.
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