Dijo que casos como UBER, no hay nadie que lo regule ante un
incumplimiento a los usuarios que hacen su pago por adelantado vía dispositivo
móvil.
Deben asumir sus responsabilidades como cualquier otro
servicio de transporte bajo el régimen del código civil del Estado.
Mexicali.- Ante el vacío legal que existe en particulares y
empresas que ofrecen servicios de transporte por la vía de internet, en donde
muchas veces no dan cumplimiento cabal a sus responsabilidades, el diputado del
Partido del Trabajo, Julio César Vázquez Castillo, presentó iniciativa de
vanguardia para establecer en el código civil del Estado, la figura del
contrato electrónico.
Esta medida, tiene como objetivo fundamental que entre
particulares exista certeza jurídica a quienes convienen a través de este
medio.
Vázquez Castillo, dijo que hoy en día, la tecnología se pone
a disposición de la sociedad como un elemento facilitador de procesos de
convivencia en los distintos ámbitos de la vida colectiva, por lo que
necesariamente se debe dar cauce Legal y normativo a los avances de dicha
tecnología que la globalización pone al alcance de millones de seres humanos.
Es muy común que muchas personas que pagaron por un servicio
vía electrónica a través de la Internet, anden buscando en instancias como la
Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), quien les regrese su dinero,
porque lo que adquirieron o convinieron bajo este medio, nunca lo recibieron.
El presidente de la comisión por los Derechos de las
Personas con Discapacidad, Tercera Edad y Niñez, propone para estos fines
reforma con proyecto de decreto, del Artículo 2519 del Código Civil de Baja
California.
Expuso que en el caso de Tijuana, la empresa de transporte
Uber, que opera bajo el medio de servicio electrónico contratado por medio de
un dispositivo móvil a cambio de una tarifa sustentada, no está regulada.
Julio César Vázquez, dijo que bajo este contexto, resulta
necesario establecer el régimen de responsabilidades civiles que generará la
relación contractual, es decir el proveedor privado de transporte será quien
preste el servicio y será también el obligado por responsabilidad civil.
Entre otras cosas que propone la iniciativa de reforma del
diputado petista, es que la prestadora de servicios electrónicos sea
responsable en caso que el proveedor privado de transporte no cuente con un
seguro de cobertura por daños a terceros, con la finalidad de que en cualquier
situación se reconozca por responsabilidad civil, ya sea por el proveedor
privado de transporte a través del seguro correspondiente o ante su ausencia,
la prestadora de servicios electrónicos.
En el punto resolutivo expone que la prestadora de servicio
electrónico de no brindar directamente el servicio privado de transporte, por
lo cual es responsable solidario por cualquier incumplimiento del contrato
electrónico de transporte privado de personas, a través de una prestadora de
servicios electrónicos, será directamente el proveedor privado del transporte.
Así mismo la prestadora de servicios electrónicos deberá
contar con los permisos de operación que expida la autoridad correspondiente y
sus unidades estarán debidamente importadas y estar al corriente de pagos y
derechos que correspondan y serán sujetas, periódicamente para revisión
mecánica.
Y, -dijo- el diputado Julio César Vázquez, serán
responsables por el incumplimiento del contrato electrónico de transporte
privado de personas por lo que se refiere al transporte en sí, sin embargo en
caso de que el proveedor de transporte no cuente con un seguro vigente que
cubra lo relativo a la responsabilidad civil, la prestadora de servicios
electrónicos responderá únicamente en los términos que establece la legislación
aplicable estatal o municipal.
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