En palabras garigoleadas los legisladores aprobaron la “armonización” del delito de feminicidio en Baja California, pero en palabras llanas la XXI Legislatura autorizó –ahora sí- imponer la máxima sanción y pena para homicidas de mujeres “ en razón de su condición de género”.
Y si todavía hay que traducir más la reforma al Código Penal del Estado de Baja California impondrá penas de 20 a 50 años de prisión y 500 días de salario mínimo vigente cuando se cometa por quien haya sido pareja, esposo, concubina, tenido relación de noviazgo, amistad o parentesco por consanguinidad o afinidad.
Por desgracia, la violencia combinada con la impunidad por las fallas en la procuración de justicia tiene resultados con saldos fatales cometidos con todos los agravantes y de manera deleznable; y como los procesos de justicia están deteriorados la palabra prevención está alejada de los manuales institucionales. Sin minimizar toda la parte que nos corresponde a los ciudadanos y ciudadanas, lo cierto es que en la violencia de género prevenir significaría que desde una primera denuncia telefónica, policíaca o ministerial la cadena de autoridades trabaje profesional y puntual.
