Por : Gilberto LAVENANT
Los
periodistas que estuvieron presentes, ayer jueves 3 de julio del año en curso, en
el pleno de la Legislatura Estatal, quedaron sumamente decepcionados ante la
actitud de los flamantes legisladores locales. Se daba casi como un hecho, que
por fin aprobarían el eliminar las figuras delictivas de difamación y calumnias.
Y efectivamente, lo hicieron, pero, no obstante la aprobación, la dejaron en suspenso,
hasta que se reforme el Código Civil y se establezca la reparación del daño
para tales casos.
Sin duda
alguna, esto es un absurdo. Es más, hasta parece que ya se arrepintieron de todo
lo que dijeron, cuando presentaron la iniciativa tendiente a eliminar la
difamación y la calumnia, como figuras delictivas, en el pleno que se llevó a
cabo el pasado jueves 26 de junio, en el interior del Palacio Municipal de
Playas de Rosarito.
No hay
punto de comparación y por lo tanto no hay equilibrio. No es lo mismo, el que
los periodistas tengan que seguir laborando “al filo de la navaja”, corriendo
el riesgo de ser denunciados y procesados penalmente, por atreverse a decir las
verdades de los políticos corruptos, y la posibilidad o derecho de estos, de
reclamar reparación o pago de daños y perjuicios, en los casos en que consideren
que fueron difamados o calumniados.
La
iniciativa para tales efectos, fue presentada allá en Playas de Rosarito, por
los diputados Gerardo Alvarez Hernández y Francisco Barraza Chiquete, así como
por los integrantes de la Junta de Coordinación Política, “a fin de que no
exista una sanción privativa de libertad, hacia los periodistas que incurran en
estas prácticas, sino una reparación económica proporcional al hecho”, decía el
comunicado oficial.
Entonces,
los inicialistas señalaron, que “la tipificación de los delitos de calumnia y
difamación, también llamados delitos de prensa, como conductas penalmente
sancionables, resulta desproporcionado y desmedido, y por ende inhibidor del
pleno derecho a la libertad de expresión, que lejos de promover una práctica
sana del periodismo, representa un mecanismo que amedrenta su libre práctica y
daña la democracia”.
La
iniciativa planteaba, derogar los artículos del 185 al 197 del Código Penal,
relativos a los llamados Delitos Contra el Honor, así como modificar los artículos
394 bis y el 394 bis 1, del Código de Procedimientos Penales, y adicionar el
artículo 1794 bis al Código Civil, relativo a la reparación del daño, por tales
hechos.
Este
último, quedaría en los términos siguientes : “Artículo 1794 bis.- Toda persona
que publique cualquier tipo de escrito, tendrá la obligación de publicar
gratuitamente las rectificaciones o respuestas que las autoridades o
particulares quieran dar a las alusiones que les hagan en artículos,
editoriales, columnas, párrafos, reportajes o entrevistas y similares, siempre
que la respuesta se dé dentro de los ochos días siguientes a la publicación;
que su extensión no sea mayor al triple del párrafo o artículo en que se
contenga la alusión que se contesta, tratándose de autoridades o del doble
tratándose de particulares, que no se usen expresiones contrarias a la dignidad
de quien las publicó o a terceras personas y que no se cometa un hecho
prohibido por la ley”.
Se
suponía, que ayer se aprobaría tal iniciativa y que por fin los periodistas
podrían ejercer su profesión, sin temor a ser procesados penalmente por
escribir o decir las corruptelas de los políticos. Porque, aunque la difamación
es difícil que se configure en la práctica, pues para ello se requiere que haya
existido dolo, de parte de quien refiere o comunica, a una o más personas “la
imputación que se hace a otra persona física o moral, en los casos previstos
por la Ley, de un hecho cierto o falso, determinado o indeterminado, que pueda
causarle descrédito, perjuicio o exponerlo al desprecio de alguien”. Se dan
casos.
Conforme
al Código Penal, es prohibitivo escribir o hablar sobre los actos deshonestos
de los políticos. Porque, ¡qué barbaridad! Se les puede causar descrédito,
perjuicio o exponerlos al desprecio de alguien. Los políticos son de los
individuos más desacreditados, más despreciados, socialmente hablando, y esto
es sabido por la ciudadanía en general, pues son tan cínicos que actúan con tal
descaro, que sus actos son conocidos. Ni modo que se les pueda causar
perjuicio.
En el
caso de la calumnia, es cuando se les imputa algún hecho delictivo, y que no se
acredite tal. Se sabe, perfectamente, que aunque existan pruebas suficientes,
los políticos nunca son sancionados penalmente por sus pillerías. La impunidad,
así como la corrupción, son de las instituciones más sólidas en México. Por eso
estamos como estamos.
El delito
de difamación, se castiga con prisión de 3 días hasta 2 años o hasta 100 días
multa, o ambas sanciones, a juicio del Juez. El de calumnia, se castiga con
prisión de seis meses a dos años o hasta 100 días multa, o ambas sanciones a
juicio del Juez. Deben saber que en Tecate, un periodista está siendo
procesado, por haber dicho que un individuo era “un poderoso empresario” y
además “judío practicante”. Este caso, evidencia que las prácticas caciquiles, siguen
prevaleciendo en las comunidades pequeñas.
El
viernes 27 de junio, del año en curso, el columnista, bajo el título “Al filo
de la navaja”, comentaba que ejercer el periodismo, en un sistema político como
el mexicano, en el que la corrupción y la impunidad son tan comúnes y
desbordantes, es sumamente peligroso, arriesgado. Sobre todo, si instituciones
tan importantes, como las encargadas de la procuración y administración de
justicia, operan con tantos vicios y “bailan al son que les toquen”.
Es más
que una ironía, que en Baja California, a los políticos corruptos, nadie los
toque, ni con el pétalo de una rosa. Y que a los periodistas que se atreven a
investigar y señalar corruptelas, se les pretenda enviar a la cárcel, por
claridosos.
Pero igualmente
grave e irónico, es que los flamantes legisladores locales, no se hayan
atrevido a eliminar las figuras delictivas de difamación y calumnia, al
considerar que dejan en estado de indefensión a los políticos corruptos, en
tanto no se reforme el Código Civil y se establezca a favor de los pillos, la
posibilidad y el derecho de reclamar a los periodistas, difamadores y
calumniadores, el pago o reparación de daños y perjuicios.
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