Estas
nuevas medidas que tiene como fin regular los cobros extrajudiciales que
realizan despachos a deudores de firmas financieras y comerciales, representan
un gran paso hacia la protección de la dignidad y tranquilidad ciudadana.
.LA PROFECO
INFORMA QUE LOS DESPACHOS DE COBRANZA TIENEN PROHIBIDO VISITAR O LLAMAR POR
TELÉFONO A LAS CASAS DE LOS MOROSOS ENTRE LAS 23:00 HORAS Y LAS 7 DE LA MAÑANA.
Ciudad de
México • Las reformas la Ley Federal de
Protección al Consumidor (LFPC) aprobadas por unanimidad en el Senado,
contempla rigurosas sanciones que pueden alcanzar cárcel para los
representantes de empresas que hagan cobros intimidatorios a sus clientes,
explicó la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).
Humberto
Benítez Treviño, titular de la dependencia, señaló que estas nuevas medidas que
tiene por objeto regular los cobros extrajudiciales que realizan despachos a
deudores de firmas financieras y comerciales, son positivas y representan un
gran paso hacia la protección de la dignidad y tranquilidad ciudadana.
Estas
reformas prohíben a los despachos de cobranza visitar o llamar por teléfono a
las casas de los morosos entre las 23:00 horas y las 7 de la mañana; utilizar
lenguaje obsceno, acosar o amenazar y usar documentos que aparenten ser
escritos judiciales al hacer cobros, así como enviar comunicación a terceras
personas, utilizar cartelones y entablar comunicación con menores de edad y
personas de la tercera edad.
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