jueves, 16 de junio de 2016

PROPONE EL DIPUTADO FELIPE MAYORAL GARANTIZAR A LOS ADULTOS MAYORES EL ACCESO GRATUITO A LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES.




QPBC MEXICALI.- El diputado por Playas de Rosarito Felipe Mayoral propuso este día jueves 16 de Junio que los adultos mayores tengan acceso gratuito a las instalaciones deportivas municipales, lo anterior en la Sesión del Pleno del Congreso del Estado.

En su intervención inicial el diputado por el Partido de Baja California comentó que “la filosofía del Partido de Baja California está basada en la búsqueda de la disminución de las desigualdades de la sociedad bajacaliforniana, bajo el principio de subsidiaridad, aspirando a obtener la igualdad y equidad en nuestras leyes, ofrecer más y mejores oportunidades, priorizar las necesidades sobre las demandas y contribuir a la construcción de un federalismo desde la perspectiva local.



Agregó que “el tema relacionado con la promoción, fomento, solidad, respeto y reconocimiento a los derechos de las personas adultas mayores constituye una línea política que requiere sea promovida y sea parte de nuestro marco jurídico así como en los ámbitos relacionados con los programas de gobierno y políticas públicas, esto lo hemos tomado como tarea permanente para el Partido de Baja California, por lo que desde nuestros espacios de representación popular en los órdenes de gobierno municipal y estatal estamos impulsando medidas de carácter institucional para contribuir a concientizar sobre los derechos de este importante sector de nuestra población”.

Recordó que “en la LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES observamos en  su contenido que  el artículo 1o. establece que la presente Ley es de orden público, de interés social y de observancia general en los Estados Unidos Mexicanos. Tiene por objeto garantizar el ejercicio de los derechos de las personas adultas mayores, así como establecer las bases y disposiciones para su cumplimiento, mediante la regulación de lpolítica pública nacional para la observancia de los derechos de las personas adultas mayores y los principios, objetivos, programas, responsabilidades e instrumentos que la administración pública federal, las entidades federativas y los municipios deberán observar en la planeación y aplicación de la política pública nacional”.



Hizo hincapié que, con la reforma promovida por un servidor hace 2 años, en la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA se estableció en el  ARTÍCULO 8  que son derechos de los habitantes del Estado, hablando de adultos mayores que las personas adultas mayores en el Estado, tendrán acceso a los servicios de salud, alimentación, cultura, protección de su patrimonio, asistencia y seguridad social e igualdad de oportunidades que les propicie mayor bienestar y una mejor calidad de vida, en los términos y condiciones que dispongan las leyes.

  
Revisando la LEY DE LOS DERECHOS, PROTECCIÓN E INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA podemos notar que  en este marco jurídico en nuestro Estado establece en su artículo primero que: “Esta Ley es de orden público e interés social, y de observancia general en el Estado de Baja California. Tiene por objeto garantizar y reconocer los derechos de las personas de sesenta años de edad en adelante, para propiciar una plena protección, bienestar y calidad de vida, así como para lograr su integración al desarrollo social, económico, político y cultural”. Y en su Artículo 2 nos indica que la aplicación, responsabilidad de vigilancia y seguimiento de esta Ley corresponde: a los Ayuntamientos de los Municipios del Estado, por conducto de las dependencias y entidades de la Administración Pública y en su artículo 3 que La Administración Pública Municipal, en el ámbito de su competencia, quedará sujeta a las disposiciones establecidas en la presente ley, sin perjuicio de las obligaciones que en la misma materia se prevean en otros ordenamientos aplicables.


Hizo notar que “en al artículo 8 nos indica que son derechos de las personas adultas mayores, además de aquellos que les reconozcan otras leyes y ordenamientos jurídicos, participar en la vida cultural, deportiva y recreativa de su comunidad.

Para terminar su intervención, el legislador rosaritense concluyó su disertación con la siguiente reflexión: “Las personas mayores pueden estar en condiciones de vulnerabilidad, pero tal condición no surge de la edad en sí, sino en la forma que la sociedad concibe a las personas mayores y el lugar que le asigna en la vida social. La tarea es asegurar que las personas mayores, independiente de cualquier condición, ejerzan sus derechos humanos en plenitud y apoyarles para lograrlo.”