- Arbitrario el cobro por reposición a causa de robo o extravío y cambio de datos en licencias de conductores
- Propone armonizar los ordenamientos aplicables, para efectos de que a elección del solicitante las licencias tengan vigencia de 3 o 5 años
- “Un deber como representantes del pueblo, enmendar disposiciones jurídicas que resulten insensibles a circunstancias de la clase trabajadora”
Mexicali,
B.C.- Es un hecho notorio que la condición
económica que adolece en los bolsillos de los ciudadanos de Baja California, es
notoriamente preocupante, pues no obstante que se están llevando a cabo
esfuerzos conjuntos con la administración pública, tanto del Gobierno del
Estado como de los cinco municipios, es evidente que aún hay muchas acciones
que necesitan implementarse de manera contundente para lograr los cambios que
urgentemente se requieren.
Así
lo expresó el Diputado David Ruvalcaba Flores, al presentar una Iniciativa de
Reforma por la cual se modifican los artículos 43 y 45 de la Ley que Regula los
Servicios de Control Vehicular en el Estado de Baja California y el artículo 12
fracción I, apartado D, de la Ley de Ingresos del Estado de Baja California
para el Ejercicio Fiscal del año 2014.
Conviene
precisar que con el ánimo de procurar el bienestar de los bajacalifornianos y
el eficiente desarrollo del Estado, la XXI Legislatura aprobó el día 24 de
diciembre de 2013, la Ley de Ingresos del Estado de Baja California para el
ejercicio fiscal del año en curso, mencionó el legislador.
Luego
expresó que es un deber como representantes del pueblo de Baja California,
crear, analizar, modificar y enmendar en su caso las disposiciones jurídicas
contenidas en el universo de las leyes del Estado, las cuales causen injusticia
y produzcan afectaciones en el patrimonio de los gobernados, y más aún, todas
aquellas que resulten incongruentes e insensibles a las circunstancias en las
cuales vive la mayor parte de la clase trabajadora en la actualidad.
Por
estas razones, es que señaló como arbitrarios los conceptos señalados dentro de
la fracción I apartado D del artículo 12 de la Ley de Ingresos que rige en la
actualidad, en la cual se dispone el cobro por un importe de $292.06 pesos por
la reposición de la licencia, cuando es por causa de robo o extravío u otra
causa y de $146.03 pesos por el cambio de datos en las licencias de los
conductores en cualquiera de sus modalidades, a estas cantidades se le agregan
los impuestos obligatorios que el contribuyente tiene que cubrir, cuyos montos
sobrepasan en exceso al salario mínimo del trabajador.
Esto
es así, -dijo- en virtud de que resulta incongruente que con los aumentos
considerables a la canasta básica, al combustible, gastos de salud y demás
servicios y productos de primera necesidad y ante los ingresos insuficientes
para la realización de una vida digna, contemplados en la Constitución Federal,
se aplique un segundo cargo para la reposición de un documento indispensable
para manejar cualquier especie de unidad automotriz en el Estado.
Por
ello consideró que deben eliminarse estas recaudaciones que lastiman los
bolsillos de los bajacalifornianos, sin justificación alguna, las cuales están
previstas en ambas leyes que se pretenden reformar.
Por
otra parte y para efectos de armonizar ambos ordenamientos legales con respecto
a la vigencia que habrán de tener las licencias de conducir, puntualizó que:
“es preciso añadir en el primer párrafo del artículo 45 de la Ley que Regula
los Servicios de Control Vehicular en el Estado de Baja California, que: “a
elección del solicitante las licencias podrán contar con una vigencia de 3 o 5
años”, conforme a lo previsto en el segundo párrafo de la fracción I del
artículo 12 de la Ley de Ingresos para el del Estado de Baja California para el
Ejercicio Fiscal 2014.
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