Los
inicialistas son los diputados Alcibíades García y Juan Manuel Molina, del PMC,
así como José Alberto Martínez e Irma Martínez, del Panal
Mexicali, B. C., jueves
3 de julio de 2014.- La XXI Legislatura local aprobó hoy en sesión ordinaria la
nueva Ley para Prevenir y Erradicar el Acoso Escolar para el Estado de Baja
California, la cual fue presentada por el diputado Francisco Alcibíades García
Lizardi, en nombre propio y de los diputados integrantes de los grupos parlamentarios
de Movimiento Ciudadano y del Partido Nueva Alianza.
Esta nueva Ley
servirá para que la comunidad escolar —alumnos, profesores, administrativos,
autoridades escolares y padres de familia— cuente con un marco de referencia
para actuar en la prevención, detección, atención y erradicación del acoso
escolar, conocido también como “bullying”.
En ella se establece con claridad la definición, las modalidades y las
formas de identificar el acoso escolar.
Este cuerpo
normativo define el acoso escolar “como cualquier forma de agresión o maltrato psicológico,
físico directo o indirecto, verbal o
cibernético, dentro o fuera del centro escolar, producido entre alumnos,
de forma reiterada, de manera que interfiera en su
rendimiento académico, su integración social o la participación en
programas educativos; y perjudique la disposición de un estudiante a participar
o aprovechar los programas o actividades escolares, al hacerle sentir un temor
razonable a sufrir algún daño de
cualquier tipo”.
Asimismo, plantea como obligación de la comunidad escolar hacer del conocimiento del
Consejo Escolar cualquier situación
constitutiva de “bullying”, por lo que en cada
escuela deberá haber un responsable para la recepción de denuncias. Se señala también
que toda
medida contra el acoso escolar tendrá como finalidad su prevención, detección,
atención y erradicación.
El director de cada
escuela estará obligado a denunciar ante el Ministerio Público conductas de
acoso escolar que puedan ser constitutivas de la comisión de un delito, así
como autorizar el uso de recursos tecnológicos para la vigilancia e
investigación de casos de acoso, respetando siempre la privacidad y la dignidad
de alumnos y del personal de los
planteles educativos.
Además contempla que
los alumnos, personal directivo, docente, administrativo y de apoyo, así como
los padres de familia que durante el ciclo escolar se destaquen por su
comportamiento para prevenir, detectar, atender y erradicar el acoso escolar,
serán motivo de reconocimiento por parte de las autoridades del centro escolar.
La Secretaría de Educación
del Estado expedirá un protocolo como instrumento rector, el cual servirá como base para que en cada plantel educativo se cuente con un Plan
Escolar. En la elaboración de dicho Plan, los Consejos Escolares, en los que
participan los padres de familia, se coordinarán con el directivo o encargado
de la escuela y se podrá invitar a la comunidad escolar a que participe.
El diputado García Lizardi observó que lamentablemente no existen datos
oficiales acerca de casos de “bullying” en el país, por lo que en esta nueva
Ley –mencionó– se establece la obligación para las escuelas de remitir un
informe a la Secretaría de Educación que contenga un sumario de las denuncias
recibidas y las acciones tomadas en cada caso. Esta información será la base
para la integración de un Registro Estatal de Incidencia de Acoso Escolar de
forma anual.
No hay comentarios:
Publicar un comentario