viernes, 23 de mayo de 2014

PRESENTA DIPUTADA CARMEN FRÍAS REFORMAS A LEY ANTE INCREMENTO DE MALTRATO INFANTIL

  • La península de B.C. encabeza la lista de los lugares con mayores casos de maltrato infantil ante el MP
  • Propone que ante incumplimiento de la denuncia se apliquen las sanciones de multa o prisión establecidas en el Código Penal

Mexicali, B.C., jueves 22 de mayo de 2014.- Al hacer uso de la tribuna del Congreso, la Diputada María del Carmen Frías dijo que resulta vergonzoso que de acuerdo a UNICEF, entre las naciones integrantes de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), México ocupa los primeros lugares en abuso y maltrato infantil.

Desafortunadamente esta violencia es en su mayoría, infringida principalmente por la madre, el padre, padrastro, madrastra, tíos y abuelo, enfatizó la Legisladora.

Bajo esta premisa el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia,  determinó que los Estados de Baja California y Baja California Sur encabezan la lista de los lugares con mayores casos de maltrato infantil ante el Ministerio Público, superando además, la media nacional con respecto a este delito.

En el año de 2013, se incrementó en el Estado en un 4 por ciento, destacando que se agudizó ya que el 67 por ciento de los hogares en México viven algún tipo de violencia que repercute en los menores, según ha informado el DIF en la entidad.

Así lo indicó en la exposición de motivos de la Iniciativa de Reforma al artículo 12 de la Ley de Protección y Defensa de los Derechos de los Menores y la Familia en el Estado de Baja California, que presentó ante el pleno en la sesión de este jueves.

“No podemos dejar de lado, -dijo- que el maltrato infantil repercute en el desarrollo integral de nuestros niños, pues el menor se ve afectado en su salud, en su capacidad de aprendizaje y sin duda en sus deseos de ir a la escuela y en última instancia hasta podría provocarle la muerte”.

Agregó que por tal motivo, coincide plenamente con UNICEF, debido a  que: “todos tenemos la responsabilidad de hacer visible lo invisible, desde los gobiernos que promulgan y hacen cumplir las leyes que prohíben la violencia contra los niños, hasta los ciudadanos particulares que se niegan a permanecer en silencio cuando son testigos del abuso o sospechan que existe”.

Por estas consideraciones, la Legisladora Carmen Frías expuso que pretende reformar el artículo 12 de la Ley de Protección y Defensa de los Derechos de los Menores y la Familia, para que cuando el personal de los planteles educativos de la entidad, se percate del maltrato físico o psicológico del menor, esté obligado a denunciarlo ante la Procuraduría para la Defensa de los Menores y la Familia o bien cuando se presuma algún tipo de delito cometido en ellos.

Aunado a lo anterior, considera conveniente el imponer una sanción para quienes siendo sujetos de la obligación expuesta con antelación no lo hicieren, pues de lo contrario sería una norma imperfecta.

Es por ello, que propone que ante tal incumplimiento, se aplique la sanción prevista en el artículo 157 del Código Penal para el Estado, correspondiente al delito de omisión de auxilio, que a la letra dice: “Al que omita prestar auxilio a un menor expósito o abandonado o incapaz que no pueda valerse por sí mismo, o a quien se encuentre herido, inválido o desamparado y en peligro manifiesto en su persona, cuando según las circunstancias pudiere hacerlo, sin riesgo propio ni de terceros, se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y hasta cien días multa”.

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