jueves, 8 de noviembre de 2012


LOS 7 GRUPOS PARLAMENTARIOS PROPUSIERON REFORMAR LA CONSTITUCIÓN EN RELACIÓN CON LA DONACIÓN DE ÓRGANOS
 Se busca salvaguardar el derecho ciudadano a decidir sobre el destino final de sus restos
DIPUTADO GREGORIO CARRANZA HERNANDEZ
  
Mexicali, B.C. jueves 8 de noviembre de 2012.- El Diputado Gregorio Carranza Hernández presentó una Iniciativa de Reforma Constitucional, avalada por las siete fracciones parlamentarias presentes en la XX Legislatura, cuyo objetivo es añadir un párrafo al artículo séptimo de la Constitución local, a fin de que el Estado salvaguarde el derecho que todo ciudadano tiene de decidir en forma libre, espontánea y formal, sobre el destino final de sus restos mortales, incluyendo la donación, trasplante o investigación científica de órganos, tejidos y células.
La Iniciativa, que fue presentada en la pasada sesión ordinaria por el Coordinador de la fracción parlamentaria del Partido Nueva Alianza (PANAL), establece que el Estado Mexicano ha desarrollado formalmente, desde hace casi cuarenta años, al tenor de la preservación de la Salud, la bioética en conjugación obligada con el derecho.
Sobre el particular, Carranza Hernández indicó que la disposición de órganos, tejidos y cadáveres de seres humanos, desde 1973 contempla un código Sanitario, a pesar de que existen fuentes que citan al año 1963, como aquél en que se efectuaron los primeros trasplantes y al instituto Mexicano del Seguro Social, como la institución que los realizó.
Precisó que en todo momento estuvieron presentes elementos éticos, científicos, culturales, sentimentales, psicológicos y jurídicos, “en una relación que  a nuestro criterio se regula parcialmente por nuestras leyes federales en materia de Salud”.
Dijo que “es tan amplia y diversa la opinión de la sociedad que conforma nuestros matices pluriculturales en Baja California, que debemos observar hacia el futuro para prevenir, mediante la adecuación a nuestra legislación local, los posibles conflictos que puedan implicar para nuestra sociedad el decidir de la mejor manera sobre el destino de los órganos, tejidos o células y en su caso, el respetar la libre, espontánea y formal voluntad de quien tiene por principio ese derecho a decidir sobre el destino de sus restos mortales”.
Abundó que el nacimiento de nuevos descubrimientos, el avance de la tecnología y su aplicación en el campo de la medicina, para favorecer y proporcionar la salud al ser humano, será uno de los grandes temas que no podrá avanzar sin ir de la mano con la regulación jurídica, en cierta medida complicada, que protege tanto al donante como al receptor, por lo que dentro del marco jurídico estatal, “debemos ponderar su importancia a la luz del derecho a la salud como derecho fundamental, en íntima relación con la libertad de decidir en forma libre, espontánea y formal, sobre el destino de los restos mortales del ciudadano como un derecho inalienable que forma parte de la esencia de la persona”.  Que pasaB.C?

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